46 ASAMBLEA GENERAL DE LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE RADIODIFUSIÓN – AIR DECLARACIÓN DE BUENOS AIRES Principios y Criterios de la Doctrina de la AIR para la Radiodifusión Privada
El sistema de radiodifusión privada que opera en el continente americano por más de noventa años,
ha servido como un instrumento para el fortalecimiento de la Libertad de Expresión y la Democracia.
La radiodifusión es un medio que ofrece información y entretenimiento, cuyo ámbito de cobertura
de población es inigualable por cualquier otro medio de comunicación social, lo que resulta
especialmente valioso en situaciones de emergencia o desastres naturales.
La Radio y la Televisión son servicios de emisión libre y recepción gratuita, que alcanzan a todos los
estratos sociales sin distinciones o diferencias de tipo económico, social o de cualquier otra índole.
Los medios de radiodifusión son principales protagonistas en la producción y difusión de contenidos
nacionales y locales.
Relacionado con lo anterior, son además un sector de actividad que genera miles de puestos de
trabajo, muchos de ellos de alta tecnificación y capacitación.
En el actual contexto de una multiplicidad de fuentes de información, producto de los avances
tecnológicos, los medios de comunicación formales como la Radio y la Televisión son faros guía para
discernir las noticias verdaderas de aquellas falsas, erróneas o inexactas.
La Radio y la Televisión son, por encima de todo lo expuesto, un factor fundamental para el libre flujo
de informaciones, ideas y opiniones dentro de las sociedades, así como probadas vías para denunciar
el abuso de otros derechos fundamentales y de los actos de corrupción.
El presente documento procura recoger algunos criterios y principios para orientar las políticas
gubernamentales de los países en materia de servicios de radiodifusión.
– Sobre la necesidad de promover la radiodifusión como actividad privada y libre:
A pesar de las enormes ventajas que conlleva para los regímenes democráticos la existencia de un
sistema de medios privados libres e independientes, algunos Gobiernos de la región han
permanecido omisos en la implementación de verdaderas medidas para la promoción y desarrollo de
los mismos, y por el contrario, han focalizado su atención en incrementar la regulación, las
responsabilidades, obligaciones y cargas sobre su actividad.
En éste sentido, es preciso saber que la solidez económica de los medios de radiodifusión permite
que desarrollen su actividad con independencia y sin sometimientos de ningún tipo frente a otros
centros de poder políticos o económicos que funcionan en las sociedades, incluido el Estado, lo que
resulta en un pleno ejercicio de la Libertad de Expresión y de información.
Por otra parte, deben comprender los Gobiernos que en un mundo conectado y con una
multiplicidad de fuentes de información, son los medios formales, aquellos que ponen su reputación,
credibilidad y responsabilidad detrás de cada contenido, como la Radio y la Televisión, principales
mecanismos de defensa de las sociedades contra la desinformación y las noticias falsas.
– Sobre la operativa de las grandes corporaciones internacionales distribuidoras de contenido:
La Asamblea General de la AIR ha denunciado las enormes asimetrías existentes en el tratamiento
normativo de los operadores de radio y televisión locales y nacionales, con respecto a las diversas
plataformas que ofrecen contenidos audiovisuales fundamentalmente a través de Internet, operadas
por las grandes transnacionales. En algunos países, la radio y la televisión han sufrido un incremento
significativo de obligaciones de distinta índole, como extensos horarios de protección al menor,
cuotas obligatorias de producción nacional y local, confiscación de espacios a favor del Estado y los
Partidos Políticos, cadenas nacionales preceptivas, incremento en los gravámenes fiscales y
laborales, restricciones en la publicidad comercial, entre otras. Las grandes transnacionales no tienen
dichas cargas.
Si no resultara factible en algunos casos o se apreciare como dificultoso en otros, el regular las
plataformas de contenidos extranjeras que ofrecen servicios en nuestros países, es imperioso que se
flexibilicen las obligaciones y restricciones que pesan sobre la actividad de las estaciones privadas
nacionales y locales, para favorecer un sistema de competencia más igualitario y equilibrado.
Los reguladores y gobiernos al implementar políticas públicas, deberán tomar en cuenta la
experiencia de los concesionarios de la radiodifusión, por ser una actividad de interés público.
– Sobre las restricciones a la publicidad de productos y servicios en Radio y Televisión:
La doctrina de la AIR establece que “La Libertad de Expresión Comercial no es, ni puede ser ajena, a
las libertades que conforman la racionalidad selectiva de las personas para asumir sus propias
decisiones. La publicidad como Libre Expresión Comercial cumple un rol de importancia al permitir la
autosuficiencia económica de los medios de comunicación pues sin autonomía financiera no pueden
existir medios independientes”.
En el mismo sentido, la Declaración de AIR “60 años” estableció que “Prohibiciones a la publicidad de
productos y servicios legalmente producidos y ofrecidos, coartan la Libre Expresión Comercial”.
La existencia de entidades privadas integradas por los diversos sujetos que forman la cadena
publicitaria, como los medios de comunicación, las agencias de publicidad y los anunciantes, que
implementen políticas de autorregulación de carácter voluntario, puede constituir un mecanismo
idóneo para abordar estos temas.
Por otra parte, probado está que el único resultado de la prohibición de realizar publicidad en la
Radio y la Televisión es la migración de esas inversiones a otras plataformas, debilitando una vez más
los medios nacionales y locales.
– Sobre el rol de los medios público-estatales:
Como establece la Base I de Legislación Uniforme para la Radiodifusión de la AIR, “La radiodifusión,
por sus aspectos informativo, cultural y recreativo, es una actividad de interés público”.
Complementariamente la Base II afirma que, “La Radiodifusión es, por su naturaleza, actividad
privada. En forma excepcional podrán reservarse previamente un limitado número de canales para
que éstos sean operados por el Estado o por personas de Derecho Público.”
Y agrega “En virtud de que está reservada a la iniciativa privada la actividad mercantil, el Estado o las
personas de derecho público que operen estaciones de radiodifusión no podrán explotarlas
comercialmente”
De lo que se trata aquí es de impedir una competencia desleal por parte del medio público estatal,
que al recibir financiación pública para la cobertura de su presupuesto, goza de enormes ventajas
para acceder al mercado publicitario, afectando de ésta forma el único ingreso que disponen los
medios privados para su mantenimiento y desarrollo.
– Sobre la defensa del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión.
El proceso de digitalización en televisión abierta que están atravesando los países de Latinoamérica
representa un gran desafío y también una oportunidad. Las posibilidades para los operadores son
múltiples y las audiencias son las principales beneficiarias de esta nueva tecnología, con una palpable
mejoría en la calidad de la imagen, sonido y movilidad.
Sin embargo, en distintos ámbitos internacionales y en algunos países se está discutiendo la
posibilidad de quitar parte de la banda de frecuencia que hoy está atribuida a la radiodifusión,
aduciendo un supuesto “Dividendo Digital” que no es tal, para asignarla a otros servicios de
comunicaciones.
En lugar de discutirse si debe o no quitarse parte del espectro radioeléctrico que hoy está atribuido a
la radiodifusión, debería evaluarse la factibilidad de atribuirse nuevas bandas para destinar a este
trascendental servicio, que por ser de emisión libre y recepción gratuita, beneficia a toda la
población y especialmente a los menos favorecidos.
La posibilidad de que las audiencias se beneficien con una calidad de imagen altamente superior a la
que reciben actualmente, a través del servicio de televisión digital en “High Definition”, 2 K, 4 K o
incluso 8 K, dependerá de que se mantenga y se incremente la atribución de espectro para la
radiodifusión.
– Sobre el derecho de los radiodifusores sobre sus emisiones.
La radiodifusión requiere de un esfuerzo permanente para confeccionar y presentar una
programación que, con ingenio y creatividad, capte el interés y sea valorada por las audiencias.
Los radiodifusores, auténticos productores de contenidos, requieren de la impostergable aprobación
de un nuevo Tratado Internacional a nivel de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual que
proteja eficazmente el derecho de los Organismos de Radiodifusión sobre sus emisiones frente al
flagelo de la piratería que se realiza a través de las nuevas plataformas tecnológicas.
En definitiva, lo que se pretende a través de estas contribuciones es lograr políticas que potencien la
labor, la productividad y el efecto multiplicador que tienen los medios nacionales de radio y
televisión de cada país en sus respectivas sociedades.
Buenos Aires, 3 de Noviembre de 2017.
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