Ley de Acoso Callejero

Panorama Digital
Panorama Digital
Ley de Acoso Callejero
Loading
/

El Patronato Nacional de la Infancia, PANI, celebró la aprobación en primer debate del proyecto de Ley que endurece las penas por acoso callejero.

 El PANI ha logrado identificar que muchas de las víctimas del acoso son personas menores de edad, en especial, niñas y adolescentes menores de 15 años.

Esta legislación tipifica tres conductas de acoso para las cuales establece sanciones penales y de multas: “exhibicionismo o masturbación en espacios públicos”; “persecución o acorralamiento” y “producción de material audiovisual”. También se sanciona emitir palabras, ruidos, silbidos, jadeos, gemidos, gestos o ademanes con connotación sexual.

 Asimismo, el proyecto de ley obliga a los cuerpos policiales a incluir acciones sobre el tema en sus “programas de prevención del delito y de seguridad ciudadana”.

La reforma al Código Penal que validaron los legisladores establece hasta un año de prisión, para quien se masturbe, muestre sus genitales o persiga a otra persona con interés sexual en lugares públicos. Y con hasta 18 meses de prisión quien grabe, capte, o produzca material de audio, visual o audiovisual con connotación sexual de otra persona sin su consentimiento.

___________-

Los comentarios están cerrados.