Las carpas penitenciarias, una ocurrencia pueril

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Las carpas penitenciarias, una ocurrencia pueril
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Este desafortunado proyecto, según se informa, busca aliviar la presión sobre el sistema penitenciario, pero enfrenta desafíos significativos en términos de viabilidad y aceptación pública. Es un hecho cierto que, las cárceles se encuentran sobrepobladas por una pésima política de encerramiento de seres humanos. Mientras que, Holanda alquila sus cárceles a otros países ante la escasez de reclusos. Ya ha firmado acuerdos con Noruega y Bélgica, líder en tasas de criminalidad. Mientras, en Holanda, la cifra de delincuentes decrece. Existen más guardias que presos.

La antigua Penitenciaría Central de San José, vergüenza nacional, que existía desde inicios del siglo XX y formaba parte de los centros penales activos del país, fue cerrada en el año 1979 debido a la violación de los derechos humanos de la población privada de libertad.

La impericia, desconocimiento en el manejo de los sistemas carcelarios, mantiene al país cerca de una posible demanda ante la Comisión de Derechos Humanos con sede en Washington y eventualmente, ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, con sede en San José, Costa Rica, porque existe sobrepoblación debido a una política de encerramiento, desproporcionado, de seres humanos, incluso, para descontar penas que bien podrían pagar sus condenas con una medida alterna a la prisión.

Conocemos que el jerarca de Justicia propone la idea de instalar carpas para alojar privados de libertad, aduciendo que ahí se instalarían personas de menor riesgo, sin embargo, el propio viceministro de esa cartera se opone a semejante idea y hace públicas las razones, secundado por otros funcionario de alto nivel en el servicio de dirección de Policía Penitenciaria. El segundo al mando de Justicia es destituido por razones que suponemos.

Los legisladores de la Comisión de Hacendarios rechazan el presupuesto de ₵2.600.000,00, para las carpas penitenciarias, por carecer, aparentemente, de estudios de factibilidad y viabilidad, e inmediatamente, según publicó el periódico La Nación: “Rodrigo Chaves amenaza con culpar a diputados que frenaron cárceles de carpas. Presidente afirma que, si se le ordena liberar reos por hacinamiento, publicará lista de diputados que votaron en contra de asignar ¢2.600 millones a las cárceles de carpas”. Se le olvida al alto jerarca, que, el artículo 316 del Código Penal, castiga con cárcel a “quien amenazare a un funcionario público a causa de sus funciones, dirigiéndose a él personal o públicamente, o mediante comunicación escrita, telegráfica o telefónica o por la vía jerárquica”.

Debemos recordar, además, que, el ordinal 11 de nuestra Constitución Política, manda: “Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella…”.

Respetemos nuestra institucionalidad, si debilitamos el sistema jurídico seremos vulnerables en nuestras libertades pública.

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