Cambios en el concepto del femicidio
El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles de la semana pasada un proyecto de ley que amplía los conceptos de feminicidio y otros delitos contra las mujeres en el país.
Esta nueva legislación incluye dentro del concepto del femicidio las muertes de mujeres en manos de ex parejas, ya sea porque fueron novios, personas divorciadas y separadas, algo que en la legislación actual no está contemplado, ya que solo se considera un femicidio cuando la pareja mantiene una relación vigente.
Con esto se logra que las sanciones por las muertes de mujeres bajo estas condiciones sean más estrictas, llegando a significar hasta 35 años de cárcel, siempre que la conducta no constituya un delito más grave o previsto con una pena mayor.
Además, con la aprobación de esta iniciativa otras situaciones de violencia, como agresiones, ofensas, impedimentos de libre tránsito, abusos sexuales, violaciones y otras formas de violencia de género causados también por exparejas experimentarán un aumento en sus sanciones.
Escuchemos lo que nos dijo la ministra de la Condición de la Mujer, Marcela Guerrero sobre la aprobación de este proyecto ley, por parte de los diputados.
Otra de las reformas que incluye el proyecto que el juzgado deberá ordenar prisión preventiva contra el imputado, aunque sea una expareja, si se llega a comprobar que la persona denunciante o un testigo se encuentran en situación de riesgo.
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