Democracia republicana

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La democracia republicana se fundamenta en un pacto social plasmado en una constitución. Ésta deja descritas casi todas las instituciones y los controles fundadores para que nadie se salga de aquellos elementos en ella.

 La constitución política es de cumplimiento obligatorio. La Sala Constitucional o Sala IV resuelve las diferencias de criterio sobre la constitución política.

 La constitución es estable y sus mecanismos de cambio son formales, serios y difíciles de cumplir ya que se requiere mayoría calificada para introducir los cambios parciales y más de una legislatura para ser votados, ya que se considera que este plazo genera una sana maduración de ideas y de conceptos. La constitución es por tanto un pacto estable sujeto a cambios parciales dentro de la misma o a cambios de las normas pétreas y cambios generales a través de una asamblea que cambie el pacto básico fundamental por uno nuevo.

Las leyes en una democracia republicana son dictadas por los diputados que son el órgano representativo que legisla. El Poder Ejecutivo que es colegislador debe firmar las leyes en conformidad para que rijan. La firma de las leyes no es un asunto voluntario y opcional. El Poder Ejecutivo luego de votadas las leyes debe firmarlas y publicarlas, pero si no está de acuerdo con las mismas debe de imponer su veto.

Es el parlamento el que formula, debate, modifica, complementa y negocia los proyectos de ley, ya que en la democracia republicana no hay nunca una sola voz y menos una sola voluntad para formular la ley. La esencia de la democracia es el parlamento y no existe el parlamento sin oposición. Quienes creen que el presidente es electo para que haga según su voluntad están pensando en un sistema no democrático.

Tres poderes forman el gobierno de nuestro país, sí, gobierno no es solo el Poder Ejecutivo. La Asamblea Legislativa formula las leyes, el Poder Ejecutivo ejecuta las leyes y administra dentro de éstas y bajo la constitución los asuntos comunes del país. El Poder Judicial juzga a los ciudadanos y a las leyes dictadas por la Asamblea Legislativa en su debida constitucionalidad. Los tres poderes deben de actuar como un equipo. Ningún poder debe de buscar descalificar a los otros dos o sobreponerse a ellos.

La función del Poder Judicial reside en su credibilidad e integridad frente al país. De allí que poner en riesgo o en entredicho esa credibilidad y esa integridad resulta peligrosísimo para el Poder Judicial y para el país.

Los costarricenses establecimos la constitución y las leyes para que las ocurrencias de algunos no nos saquen de la democracia republicana. 

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