En el sector público se debe realizar un control integral

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En el sector público se debe realizar un control integral
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 Retomando el tema del control en el sector público, me voy a referir al control integral, es decir un control previo, concomitante y posterior. No todo el control se debe dejar al control posterior, pues muchas veces el daño a la Hacienda Pública ya está hecho. Es posible realizar control previo a través de la aprobación presupuestaria del presupuesto ordinario y los presupuestos extraordinarios que realiza la Contraloría General de las instituciones autónomas y otras instituciones,  así como de las municipalidades. Así como el refrendo de contratos que realizan las instituciones.

El control concomitante o en tiempo real como el que realizan las auditorías internas a través de las prevenciones. En lo que se refiere al control posterior las auditorías que realiza la Contraloría General de la Republica, Auditorías internas y Auditorías externas. Así como la revisión de la liquidación presupuestaria del período respectivo que realizan las instituciones. Lo procedente es realizar un control integral, que considere un control previo, muy flexible, especialmente en materia presupuestaria, un control concomitante y un control posterior. Sin llegar a posiciones extremas como las que expresan algunos de que los controles posteriores no son más que una autopsia y que no hay quien haya encontrado la manera de cambiar el pasado. 

Lo fundamental es tener presente que los distintos tipos de control son complementarios, es decir no son excluyentes, por lo que se deben realizar los tres tipos de control mediante un control integral que considere aspectos como las auditorias financiera, operativas, fiscalización presupuestaria y fiscalización de aspectos legales y fiscalización en materia de contratación administrativa. El control integral sirve como instrumento para analizar el entorno de una institución o entidad, su base legal, organización, estructura, políticas, programas, sistemas y controles.

En relación con el control integral me permito señalar además, los principales aspectos que se consideran en el mismo: evalúa el cumplimiento o logro de los objetivos y metas propuestos en el Plan Anual Operativo, permite determinar si los programas y recursos son administrados con eficiencia, eficacia y economicidad, verifica si la obligación de rendir cuentas es razonablemente cumplida, evalúa la suficiencia y efectividad de los sistemas de control interno, realiza la fiscalización presupuestaria a través  del plan anual operativo y  del presupuesto de ingresos y presupuesto de gastos, Es un sistema de control y fiscalización que tiene un enfoque constructivo, que permite no sólo ser un instrumento de vigilancia, sino de asesoría para coadyuvar a elevar los niveles de eficiencia y eficacia de las entidades públicas.

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