Nuevas multas de tránsito

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Nuevas multas de tránsito
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A partir de este primero de enero las multas de tránsito experimentan cambios, o para decirlo más claro, aumentaron.

El incremento es del 2,43 por ciento en todas las infracciones de tránsito, lo que representa ajustes que van desde los 585 colones y hasta los ¢7.750.

El cambio en los montos corresponde al ajuste anual aprobado por el Consejo Superior del Poder Judicial. Se calcula tomando en cuenta el Índice de Precios al Consumidor acumulado entre julio de 2019 y junio de 2020.

Por ejemplo, la multa de categoría A, que sanciona las conductas de mayor gravedad como adelantamientos indebidos, giro en U, conducir a más de 120 kilómetros por hora o con la licencia suspendida, pasará de ¢319.950 a ¢326.701.

En las redes sociales han circulado varias versiones de los cambios en estas multas, pero muchas de ellas son falsos.

Por tal razón nosotros tenemos publicada una lista con los incrementos correctos en la publicación de esta cápsula en el sitio: panoramadigital.co.cr.

Y desde luego le instamos a respetar las normas contempladas en la ley de tránsito, para que no sea objeto de una multa este inicio de año.

*No usar el cinturón de seguridad: ¢110.729,29

*Hablar por celular mientras maneja: ¢110.729,29

*Virar en U donde no es permitido: ¢327.713.96

*Producir ruido o emisiones de gases que pasen el límite establecido: ¢327.713.96

*No respetar la restricción vehicular: ¢23.488,03; en caso de la sanitaria ¢110.387,09

*Circular con 20 km/h o más de exceso sobre el límite de velocidad: ¢54.805.41

*Circular con 40 km/h o más de exceso sobre el límite de velocidad: ¢221.458,59

*Irrespetar una señal de alto o un semáforo en rojo: ¢221.458,59

Al conductor que por irrespetar la señal de alto, en el derecho de vía ferroviario, dañe de cualquier forma los dispositivos colocados como sistema de alerta y prevención ante el paso del tren: ¢221.458,59

Circular un vehículo en la playa: ¢54.805.41

Circular sin luces después de las 6 de la tarde hasta las 6 de la mañana: ¢110.729,29

Al conductor que circule a más de 25 Km/h en zona escolar: ¢110.729,29

Usar indebidamente la bocina (el pito): ¢23.488,03

Usar altoparlantes sin permiso: ¢23.488,03

Usar luces rotativas sin permiso: ¢54.805.41

El motociclista o ciclista que no use el chaleco reflectante: ¢54.805.41

No usar el casco de seguridad (ciclista y motociclista): ¢110.729,29

Circular sin el marchamo al día: ¢54.805.41

Circular sin revisión técnica: ¢54.805.41

Evadir el pago de peaje: ¢23.488,03

Conducir sin estar inscrito como conductor: ¢110.729,29 y se retira el vehículo de circulación.

Conducir con la licencia suspendida: ¢327.713.96 y se retira el vehículo de circulación.

Conducir con licencia vencida: ¢23.488,03

Ofrecer transporte público sin autorización: ¢110.729,29

A quien, con licencia extranjera, circule por más de tres meses, sin obtener la licencia nacional: ¢54.805.41

Al conductor que circule a una velocidad inferior a la mínima establecida en el tramo respectivo, con el propósito comprobado de congestionar o entorpecer el libre flujo vehicular (tortuguismo): ¢110.729,29

Conducir sin portar la licencia respectiva al vehículo que conduce: ¢54.805.41

Circular sin extintor de incendios, dos triángulos y un chaleco reflectante: ¢23.488,03

Conducir sin portar los documentos del vehículo: ¢54.805.41

Conducir ebrio entre 0,5 y 0,74 gramos de alcohol por litro de sangre: ¢327.713.96

Conducir ebrio por encima de 0,75 gramos de alcohol por litro de sangre: ¢327.713.96, además un juez puede sentenciarlo a una pena de cárcel de entre 1 y 3 años. Retiro de vehículo y suspensión de la licencia durante 2 años.

Conducir a más de 120 kilómetros por hora: ¢327.713.96

Al conductor con exceso de pasajeros, según la capacidad máxima del vehículo: ¢110.729,29

Trasladar pasajeros fuera de la cabina en la cajuela o cajón del vehículo: ¢110.729,29

Irrespetar prioridades de paso: ¢54.805.41

Alterar, no utilizar o no portar el taxímetro: ¢110.729,29

Irrespetar pasos peatonales: ¢54.805.41

Irrespetar carriles exclusivos: ¢54.805.41

Al ciclista que circula por una carretera con velocidad superior a 80 Km/h: ¢54.805.41

Motocicletas y cuadriciclos que transporten menores de 5 años: ¢221.458,59

Motocicletas y bicimotos que adelanten en medio de las filas de vehículos a una velocidad superior a 25 km/h: ¢110.729,29

Adelantar en curvas, doble línea, cruces de ferrocarril o puentes: ¢327.713.96

Transportar menores de 12 años que midan menos de 1.45 metros sin utilizar dispositivos especiales de seguridad (sillas para niños): ¢221.458,59

Estacionarse en línea amarilla: ¢54.805.41

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